Preguntas frecuentes
Respuestas para entender las primeras decisiones.
Estas respuestas ofrecen una orientación general. La solución concreta depende de la situación familiar, la documentación y la jurisdicción correspondiente. Cuando existen hijos, su bienestar, su estabilidad y su derecho a mantener vínculos familiares deben guiar cada decisión.
Solicitar una evaluación ↗¿Puedo divorciarme si la otra persona no está de acuerdo?
Sí. Cualquiera de los cónyuges puede solicitar el divorcio sin necesidad de contar con el acuerdo del otro ni de expresar una causa. La falta de acuerdo sobre los bienes, la vivienda, los alimentos o las cuestiones relativas a los hijos no impide que se dicte el divorcio. Cuando hay hijos, procuramos que las diferencias entre los adultos no los coloquen en el centro del conflicto y que las decisiones preserven especialmente su bienestar.
¿Es necesario resolver todos los temas antes de pedir el divorcio?
No. Junto con la petición debe presentarse una propuesta sobre los efectos del divorcio, pero la existencia de diferencias no impide obtener la sentencia. Las cuestiones que no puedan acordarse pueden continuar por separado.
¿Qué comprende la cuota alimentaria?
Comprende las necesidades de manutención, educación, vivienda, salud, vestimenta, esparcimiento y los gastos necesarios para que los hijos desarrollen su vida de acuerdo con sus circunstancias. El monto se determina considerando sus necesidades y las posibilidades económicas de ambos progenitores.
¿Qué se puede hacer si la cuota alimentaria no se paga?
Puede reclamarse judicialmente el cumplimiento de las cuotas adeudadas y solicitarse la aplicación de las medidas correspondientes. La estrategia depende de la existencia de un acuerdo o resolución previa, los pagos realizados y la información disponible sobre ingresos y bienes.
¿La cuota puede aumentarse, reducirse o finalizar?
Sí. Entre otros motivos, puede solicitarse una modificación cuando cambian de manera relevante las necesidades de quien recibe los alimentos, las posibilidades económicas de los progenitores, la distribución de las tareas de cuidado o alguna de las circunstancias consideradas al determinar la cuota. El cese también requiere analizar la edad, la situación personal y las circunstancias concretas.
¿Qué significa cuidado personal de los hijos?
Es el conjunto de deberes y facultades vinculados con la vida cotidiana de los hijos. Es la denominación jurídica que reemplazó a la expresión «tenencia». Puede ser compartido o unilateral, según la organización familiar y lo que resulte adecuado para cada situación.
¿Qué es el régimen de comunicación?
Es la forma en que se organiza el vínculo de los hijos con el progenitor con quien no conviven habitualmente y, cuando corresponde, con otros familiares. Puede acordarse o fijarse judicialmente y modificarse si las circunstancias cambian.
¿Cómo procuramos proteger a los hijos durante el proceso?
Buscamos separar las diferencias de la pareja de las responsabilidades parentales y evitar que los hijos sean utilizados como intermediarios o queden expuestos a discusiones que no les corresponden. En toda propuesta sobre alimentos, cuidado personal o comunicación, el interés superior del niño debe ocupar un lugar central. Siempre que las circunstancias lo permitan, priorizamos acuerdos justos, claros y perdurables que protejan sus vínculos y su estabilidad cotidiana.
¿Los acuerdos familiares conviene presentarlos ante el juez?
Cuando el acuerdo involucra alimentos, cuidado personal o comunicación, su homologación judicial le otorga un marco formal y permite exigir su cumplimiento. Antes de presentarlo es importante revisar que proteja el interés superior de los hijos, contemple sus necesidades actuales y pueda sostenerse razonablemente frente a situaciones previsibles.